Reflexiones sobre previsiones en materia concursal
Madrid, 2 de septiembre de 2020
Reflexiones sobre previsiones en materia concursal
Es evidente que unas expectativas de crecimiento del PIB en España para el 2020 de entre -10% y -15% y una recuperación esperable fijada en 2023, para alcanzar los niveles de producción de febrero de 2020, implican una masiva destrucción del tejido empresarial.
Sin duda, este impacto es fuertemente dependiente de la fecha de obtención de los tratamientos y la vacuna para el COVID-19, pero también del volumen, duración y la efectividad en la manera de utilizar los recursos económicos derivados de la política económica europea y española; así como de la agilidad y eficiencia que se tenga a la hora de diagnosticar y reestructurar empresas.
Esta crisis no se asemeja a la derivada de la crisis financiera de 2008 y por ende el volumen y características de los concursos de acreedores que acontezcan.
La crisis anterior, en la que se afrontaron caídas del PIB del -3,8% (2008-2009) o el -3% (2011-2012), será más alargada en el tiempo que la actual, e implicó que por ejemplo, en 2013, el 77% de los concursos fueran abreviados, el 50% correspondieran a empresas con volúmenes de facturación < 1 Mill. € y que el 44% fueran de empresas con < 5 empleados. El impacto lo sufrieron empresas de todos los sectores de actividad y de muy diversos tamaños, con especial atención a las empresas del sector de la construcción e inmobiliario, la industria de bienes intermedios y el comercio mayorista.
Se observa que la actual crisis va a tener mayor impacto en las industrias relacionadas con sectores como el turístico, ocio, comercio y transportes, que han sufrido restricciones por el lado de la oferta y demanda por lo que su recuperación a medio plazo se estima lenta y sujeta a transformaciones estructurales.
Se intuye también que habrá en breve una impactante e importante proliferación de concursos de acreedores, entre otros aspectos para evitar una potencial calificación culpable, destacando especialmente una mayor proporción de concursos abreviados y de empresas en concurso con reducidas facturaciones y plantilla si lo comparásemos con la anterior crisis.
El Banco de España, en su reciente publicación “Las Necesidades de Liquidez y la Solvencia de las empresas no financieras españolas tras la perturbación del COVID-19” indica que derivado del impacto del COVID-19, el 25% de las pymes estaría en una situación en la que sus recursos propios serían inferiores a la mitad de su deuda neta, esto es, 6 pp superior a la etapa pre-COVID-19. Esto implicaría que en torno a 725.000 empresas pyme estarían en esta situación.
La misma institución también estima que en torno a 60.000 Mill. € de déficit de liquidez generado por la pandemia de las empresas deberá ser sufragado con financiación distinta a la avalada por el Estado.
Si considerásemos que el 20% de esas 725.000 empresas dejaran de ser sostenibles al no recibir financiación adecuada a tiempo y/o que no hubieran podido llegar a acuerdos con sus acreedores, estaríamos ante al menos 150.000 empresas que irían a concurso. Recordemos que en el periodo 2008-2019 se habrían tramitado en torno a 64.000 concursos de acreedores.
En cualquier caso, y a pesar de que puedan darse en media concursos de acreedores menos complejos, será necesario, para agilizar los trámites y ser más resolutivo en las reestructuraciones para evitar liquidaciones innecesarias, utilizar las vías pre-concursales preventivas como los acuerdos de refinanciación, los acuerdos extrajudiciales de pagos y las adhesiones a las propuestas anticipadas de convenio. También lo será la realización de una rápida evaluación de la viabilidad o no de una empresa para evitar que empresas viables se liquiden por la propia burocracia en sede financiera y/o judicial.
Para ello, la experiencia en materia concursal y en gestión empresarial, la agilidad y la técnica jurídico-económica de los profesionales serán claves para afrontar el importante desafío que se nos viene encima.
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